Descubre, comparte y promociona lo mejor de la República Dominicana.

Menú principal

Explora el portal y cambia el idioma fácilmente.

Idioma del portal Selecciona el idioma que prefieras para navegar.

Política

RD eleva la defensa de sus parques a seguridad nacional: así funcionará el nuevo combate al “terrorismo ambiental”

03 septiembre 2026 Publicado por Leonel Marzán 4 min de lectura
RD eleva la defensa de sus parques a seguridad nacional: así funcionará el nuevo combate al “terrorismo ambiental”

El Decreto 615-26 coloca incendios provocados, agresiones graves a parques, cuencas, presas, manglares y otras infraestructuras ecológicas dentro de una nueva estrategia coordinada por organismos ambientales, militares, policiales y de inteligencia. Pero hay una precisión jurídica importante: el decreto no crea por sí mismo un nuevo delito llamado “terrorismo ambiental”.

“Parque nacional” se convierte en tema de conversación

La protección de los parques nacionales tomó fuerza esta semana dentro de la agenda política dominicana, impulsada por el Decreto 615-26 y por las declaraciones del presidente Luis Abinader sobre el llamado “terrorismo medioambiental”. El tema también ha despertado un creciente interés público, especialmente en torno a las nuevas medidas anunciadas para reforzar la defensa de las áreas protegidas y perseguir con mayor firmeza los delitos ambientales.

El decreto, firmado este 2 de septiembre, declara de alto interés nacional y prioridad estratégica para la seguridad del Estado la prevención, detección, investigación y combate de agresiones graves contra recursos naturales e infraestructuras ecológicas estratégicas.

No se trata únicamente de árboles o incendios

La lista de recursos protegidos es mucho más amplia de lo que podría sugerir el término “parques”. El decreto incluye sistemas de áreas protegidas, presas, embalses, lagos, canales principales de riego, acueductos y plantas de tratamiento, además de cuencas hidrográficas, acuíferos, manglares, humedales, arrecifes coralinos, bosques protectores y nacimientos de ríos.

La lógica del Gobierno es que una agresión grave contra esos recursos puede trascender el daño ecológico y convertirse en un problema de seguridad hídrica, alimentaria, energética y económica. Un incendio provocado en una cuenca, por ejemplo, puede afectar simultáneamente bosques, abastecimiento de agua, agricultura y comunidades enteras.

Fuerzas Armadas, Policía, DNI y Medio Ambiente entran en la misma estrategia

El artículo 4 dispone que varias instituciones desarrollen conjuntamente una Política Nacional de Prevención y Combate al Terrorismo Medioambiental. Entre ellas figuran el Ministerio de Defensa, Medio Ambiente, Interior y Policía, organismos de inteligencia, Migración y las estructuras nacionales antiterroristas, con coordinación del Ministerio Público cuando corresponda.

Las prioridades incluyen proteger cuencas, bosques y áreas protegidas; prevenir incendios forestales provocados; y defender infraestructuras de agua potable, saneamiento, energía y redes eléctricas. El Gobierno relacionó la decisión con incendios recientes y sostuvo que algunas agresiones ambientales obedecen a actividades ilícitas deliberadas.

Hay una diferencia jurídica crucial: el decreto no crea un delito nuevo

Este punto merece especial atención porque puede perderse fácilmente en titulares. El Decreto 615-26 no crea un nuevo tipo penal llamado “terrorismo ambiental” ni convierte automáticamente cualquier tala ilegal, incendio o infracción ambiental en terrorismo. Para fines administrativos y de coordinación, utiliza esa denominación cuando determinados actos contra recursos naturales o infraestructuras estratégicas, por su gravedad, medios y finalidad, reúnen los elementos exigidos por la legislación antiterrorista y penal vigente.

Presidencia ha señalado que el nuevo Código Penal contempla penas de 20 a 30 años para determinadas conductas graves que afecten estos bienes. Pero la determinación de qué delito ocurrió, qué norma se aplica y cuál sanción corresponde pertenece al Ministerio Público y posteriormente a los tribunales, no al decreto por sí solo.

Los ciudadanos también tendrán un canal para denunciar

El artículo 6 contempla la creación de plataformas tecnológicas y mecanismos confidenciales de denuncia para comunicar actividades que amenacen recursos naturales considerados estratégicos. El decreto ordena también brindar protección a denunciantes y colaboradores que actúen de buena fe.

Ese componente puede ser particularmente importante en zonas rurales y áreas protegidas donde residentes, guías turísticos, agricultores o comunitarios detectan primero quemas, ocupaciones ilegales, extracción de materiales o modificaciones del terreno.

Qué cambia realmente desde ahora

Hasta ahora, muchas agresiones contra áreas protegidas eran tratadas principalmente como problemas ambientales. Con el Decreto 615-26, el Gobierno intenta introducir una nueva lógica: cuando la acción tenga características suficientemente graves, la protección ambiental pasa también a formar parte de la arquitectura de seguridad nacional.

La prueba estará en la aplicación. La efectividad del decreto dependerá de investigaciones técnicamente sólidas, coordinación institucional, vigilancia efectiva y procesos judiciales que distingan entre una infracción ambiental ordinaria y una conducta que realmente cumpla los requisitos legales de terrorismo. Esa precisión será fundamental para que una política diseñada para proteger el patrimonio natural no termine utilizando el concepto de forma excesivamente amplia.

Volver a noticias